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El MEM modificó el reglamento del gas natural

12:50La medida del Ministerio de Energía y Minas tiene como objetivo garantizar de manera permanente el abastecimiento interno del recurso.

El abastecimiento a la demanda de gas natural del mercado interno deberá ser garantizado de manera permanente y no por un período mínimo establecido en los contratos de las empresas que adquieren derechos de explotación de las reservas probadas de gas natural, precisó el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

Ello tras modificar el reglamento de Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, a fin de garantizar la demanda local de este hidrocarburo.

Según la norma publicada hoy, la garantía del abastecimiento del mercado interno sujeto a un período mínimo definido en los contratos para exportación de gas, si bien genera reglas más estables y predecibles para los contratistas, puede dejar desamparada la demanda real del mercado interno.

Ello -precisa la agencia Andina- porque la demanda puede exceder a la pronosticada al momento de la firma de los contratos de venta de gas natural para la exportación, en cuyo caso el mencionado exceso no tendría garantía.

En consecuencia, es necesario modificar el reglamento de la respectiva ley a fin de que los contratistas que explotan reservas probadas de gas aseguren permanentemente el abastecimiento interno.

La norma precisa que se considera garantizado el abastecimiento de gas natural al mercado nacional cuando las reservas probadas del productor alcancen para abastecer la demanda futura, de acuerdo a los pronósticos de demanda de gas, así como a los niveles de reservas probadas publicados anualmente en el “Plan Referencial de Hidrocarburos del MEM”.

Además, Perupetro deberá realizar todas las acciones necesarias para acordar con los contratistas las modificaciones de sus contratos de licencia que resulten necesarias para recoger lo dispuesto en la norma.

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