Ugarte pide al TC aclarar el fallo sobre la píldora del día siguiente
El ministro de Salud remarcó que el anticonceptivo no es abortivo y, si lo fuera, debería prohibirse su venta en las farmacias.
Ministro de Salud reitera que la píldora no es abortiva y pide al TC que se rectifique
15:07 | Ugarte demanda que se precise si el fallo le impide vender el producto a un precio mínimo.
El ministro de Salud, Óscar Ugarte, reiteró sus cuestionamientos al fallo del Tribunal Constitucional (TC) que prohibe la distribución gratuita de la píldora del día siguiente.
Remarcó, en tal sentido, que la decisión del TC es “contradictorio, inconsistente e incoherente”, pues la píldora no es abortiva.
“Si fuera abortiva, como argumentan, cómo es posible que el Tribunal Constitucional permita que se venda en farmacias y no así que se distribuya sin costo en postas”, argumentó Ugarte.
Al respecto, Ugarte Ubillús informó que la Procuraduría ha solicitado al TC una aclaración en torno a la sentencia, pues existen fallos contradictorios en ese tema.
“Queremos que nos aclare si podemos vender a un precio mínimo o si tenemos que incinerar las píldoras que tenemos en los almacenes del Estado”, precisó.
Por su parte, el titular del Tribunal Constitucional, Juan Vergara, sugirió que se prohiba también la venta del anticonceptivo oral de emergencia, para evitar que el fallo emitido por el máximo organismo intérprete de la Constitución sea discriminatorio.
En ese sentido, señaló que el Ministerio de Salud (Minsa) puede emitir una resolución ministerial que prohiba la venta en las farmacias la píldora del día siguiente.
Asimismo, indicó que no existe contradicción entre el primer fallo que emitió el TC que permitía al Minsa repartir gratuitamente la píldora del día siguiente, y el segundo fallo que lo prohibe, porque en el primero era un tema de “forma” y ahora se trata de un asunto de “fondo”.
Refirió que el primer fallo del TC fue por una acción de cumplimiento y “en el proceso de cumplimiento nosotros los jueces tenemos que ver la satisfacción de exigencias de tipo formal.”
Pero ahora, indicó que el proceso es de amparo, que va al fondo y no a la forma, y “en el amparo teníamos que llegar a una determinación, según el demandante (ONG Acción de Lucha Anticorrupción) la píldora es abortiva y el demandado (Ministerio de Salud) no lo es”.
“Entonces la definición es que ante la incertidumbre, porque no estamos convencidos ni de una ni de otra posición, es que damos una salida en pro de la vida”, explicó.
Asimismo, refirió que si en el futuro la ciencia demuestra fehacientemente que la píldora del día siguiente no es abortiva, entonces el Tribunal Constitucional puede autorizar su distribución gratuita por parte del Ministerio de Salud.