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Declaran infundada apelación de minera Casapalca

13:46Empresa sancionada por infringir normas mineras debe pagar multa de S/.298,200.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) declaró hoy infundado el recurso de apelación que presentó la Compañía Minera Casapalca contra la resolución que la sancionaba con una multa de 84 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 298,200 nuevos soles

El pasado 15 de agosto de 2007 el Osinergmin sancionó a la minera con dicha multa por cometer infracciones a la normativa de protección al medio ambiente, y seguridad e higiene minera.

Sin embargo, la empresa presentó un recurso de revisión, calificado como apelación, contra la resolución que fijaba la sanción y solicitaba su nulidad, con el argumento de que las infracciones a los Reglamentos de Protección Ambiental para Actividad Minero Metalúrgicas y de Seguridad e Higiene Minera se debió por hechos de fuerza mayor.

Agregó que dicho hecho fue la presencia violenta de trabajadores de las empresas especializadas (contratas) que expulsaron a los trabajadores de la Compañía Minera Casapalca, lo cual también impidió que los representantes del Osinergmin participaran en una visita de fiscalización inopinada.

Al respecto, el regulador subrayó que la fiscalización inopinada a la empresa minera se hizo en estricto cumplimiento del marco legal vigente, refiere Andina.
La fiscalización de Osinergmin se realiza de oficio y no requiere la previa notificación al administrado, lo que descarta de plano el cuestionamiento de la minera al carácter “inopinado” de dicha fiscalización.

“En adición a lo expuesto, se aprecia que la huelga de los trabajadores de las contratistas con la minera constituye un hecho público o notorio que motivó la oportuna fiscalización externa de Osinergmin, empleándose los procedimientos habituales de fiscalización para verificar el cumplimiento de la normativa de seguridad minera y medio ambiente”, dijo el regulador.

Dicha fiscalización permitió identificar claramente cuáles eran los incumplimientos preexistentes de la minera, los mismos que fueron finalmente objeto de sanción en la resolución apelada.

En ese sentido, el Osinergmin confirmó la vigencia de la resolución que establece la sanción que deberá pagar la empresa minera Casapalca.