Allison: Hubo errores legales en la concesión de Taboada
16:48El ministro de Vivienda precisó que las bases contemplan la anulación del proceso mientras no se haya firmado el contrato entre el Estado y la empresa ganadora.
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El proceso de concesión de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) Taboada tuvo errores legales que conllevarían a su nulidad, pues no se aplicó el Decreto Supremo N° 042, que fue emitido expresamente para fijar los límites máximos permisibles de efluentes para dicha infraestructura, afirmó el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Francis Allison.
Manifestó que las bases de la concesión de la PTAR Taboada sí contemplan que se pueda cancelar dicho proceso mientras no se haya suscrito el contrato entre el Estado y el consorcio ganador.
Por tal motivo, dijo que la empresa española ACS, Servicios, Comunicaciones y Energía de España, que ganó el 26 de febrero último la concesión de Taboada, perdería en una eventual demanda al Estado peruano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).
“Estoy convencido, como abogado, que el Decreto Supremo N° 042 era de obligatorio cumplimiento, porque no se puede ignorar el mandato imperativo de una norma que fue concebida expresamente para este proceso de concesión”, afirmó.
Dicha norma, emitida en junio del 2008, aprobó los límites máximos permisibles para el parámetro de coliformes fecales en el efluente de la PTAR a ser proyectada en la zona denominada Taboada, fijando como límite máximo un valor de 10,000 NMP/100.
Además, para el cumplimiento del respectivo decreto se estableció como PTAR a los sistemas que incluyen procesos físico-químico-biológicos con un nivel de tratamiento superior al tratamiento preliminar, detalla la agencia Andina.
Sin embargo, la empresa ganadora de la buena pro, ACS Servicios, Comunicaciones y Energía de España, ofreció realizar solo un proceso físico para el tratamiento de las aguas residuales, y a pesar de ello se le otorgó la buena pro.
“A nuestro entender no puede ganar una empresa que ofrezca solo el proceso físico, cuando el decreto dice todo lo contrario. En consecuencia, se ha incumplido la norma”, enfatizó.
Explicó que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) solicitó informes a algunas entidades públicas para determinar si se aplicaba el decreto N° 042, y la respuesta fue que no era de aplicación.
“Se ha pasado por alto esta norma que fue concebida para este proceso, y decir que esta norma no se aplica es discutible”, dijo el ministro. Precisó que uno de estos informes errados fue emitido por el Viceministerio de Saneamiento.
Agregó que el Ministerio del Ambiente (Minam) y la Dirección General de Salud (Digesa) opinaron en contra del citado proceso de concesión, informes que fueron solicitados por la ex ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Nidia Vílchez, luego de que se entregara la buena pro.
En consecuencia, se espera que la Contraloría emita su informe sobre este tema pronto, y si declara la ilegalidad el proceso volverá al inicio, es decir, a la elaboración de bases para hacer las precisiones correspondientes y que se cumpla con tratar las aguas residuales.
Allison dijo que los siete postores que precalificaron a este proceso podrán volver a competir porque la idea no es quitar la buena pro a uno para dársela al que quedó en segundo o tercer lugar.
Pero en el caso de que la Contraloría declare que hay errores subsanables, se suscribirá el contrato con ACS de España, previa corrección de los puntos identificados.
“Y en caso no haya errores, firmaremos inmediatamente el contrato de concesión, pues lo único que buscamos es asegurar el tratamiento de las aguas residuales en beneficio de los pobladores”, subrayó.