Plantean que cambios en comisiones bancarias se informen 45 días antes
Iniciativa de Jaime Delgado considera que los 15 días que rigen en la actualidad son insuficientes.
La variación de las comisiones y gastos respecto a lo pactado inicialmente en los contratos de créditos y depósitos deberá ser comunicada al usuario con 45 días de anticipación, antes de entrar en vigencia dicho cambio.
Esa es la propuesta que incluye el proyecto de ley 810, que pretende modificar e incorporar artículos de la Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros presentada por el congresista Jaime Delgado del partido de gobierno Gana Perú.
La iniciativa sustenta que el aviso anticipado de 15 días, vigente a la fecha, para efectuar modificación alguna a las comisiones es insuficiente, ya que no permite a los usuarios evaluar con calma dichos cambios y decidir si desean mantener o no la contratación del producto o servicio financiero.
Tasas estables
Las tasas de interés establecidas en los contratos de créditos o depósitos a plazo fijo no podrían ser modificadas durante la vigencia del contrato salvo que estas variaciones sean favorables al usuario, en cuyo caso podrían hacerse efectivas de inmediato y sin necesidad de aviso previo, propone también el proyecto de ley.
Asimismo, cuando se establezcan condiciones promocionales que motiven la contratación de productos o servicios financieros, las empresas quedarían obligadas a respetar esas condiciones durante el periodo ofrecido o comunicar su fin en un tiempo no menor a seis meses.
10/02/12