Aspec evalúa demandar a bancos por atropellar derechos de clientes
La difusión del comunicado de Asbanc, lejos de tranquilizar a la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) enervó sus ánimos, al considerar que los bancos persisten en vulnerar los derechos de sus clientes.
"Estamos evaluando interponer una demanda contra Asbanc, no por un caso individual sino de forma conjunta, reuniendo a muchas personas. Así, haremos retroceder a los bancos del atropello que cometen contra los trabajadores", expresó el presidente de Aspec, Jaime Delgado.
Sostuvo que el gremio bancario, en su comunicado, se arroga la atribución de disponer de las cuentas en las que se depositan las remuneraciones de los trabajadores, para cobrarse deudas de estos clientes sin ninguna restricción.
"Si un juez está impedido de ordenar el embargo de sueldos que superen las 5 URP (equivalentes a S/. 1,800), ¿cómo así un banco va a tener más atribuciones y coger las remuneraciones, sin ningún límite, para cobrar deudas?", cuestionó.
El comunicado de Asbanc señala que los contratos entre los bancos y sus clientes contienen pactos con los que estos autorizan la compensación (cobro) de sus deudas vencidas, contra los depósitos existentes en sus cuentas.
Pero para Delgado este argumento no es sólido, pues en la práctica, cuando a los trabajadores les depositan su sueldo en una cuenta, no tienen posibilidad de rechazar "ni una coma porque son contratos de adhesión (deben ser aceptados totalmente)".
Solución
Por su parte, César Arbe, del Estudio Avendaño, Forsyth & Arbe, calificó de inteligente la posición asumida por los bancos pues, con el comunicado, diferencian los conceptos de embargo y compensación. Con ello -añadió- dejan en claro que si bien el Código Procesal Civil indica que son inembargables las remuneraciones menores a S/. 1,800, otra cosa es la compensación (cobro de deudas) que pueden hacer los bancos, sin ningún tope en los sueldos, pues así lo estipula la Ley de Bancos.
"Mientras Indecopi habla de embargar, los bancos usan el término compensación. Los bancos dicen que el Indecopi no tiene razón, pero no es que ellos incumplan la ley ya que se rigen por la Ley de Bancos", acotó.
Opinión distinta tiene Sergio Barboza, socio de Pizarro, Botto & Escobar, para quien es claro que las remuneraciones son inembargables si no exceden las 5 URP y los bancos deben ceñirse a ello.
Por su lado, Juan José Marthans, exjefe de la SBS, aseveró que esa entidad supervisora puede solucionar el problema en menos de 24 horas, pues basta que emita una resolución en la que se vincule el derecho de compensación de los bancos con el Código Procesal Civil.
en pocas palabras
Proyecto de ley corregiría problemática
Actualmente hay un vacío normativo que permite una alta discrecionalidad de los bancos y la vulnerabilidad de los trabajadores que reciben sus sueldos en cuentas de depósito, afirmó el presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso, Juan Carlos Eguren.
"Indecopi ha tratado de llenar ese vacío, pero esto ha sido insuficiente", dijo.
En este contexto, consideró que el proyecto de ley de Bancarización -aprobado por la comisión que preside y que se debatiría en el Pleno del Legislativo el jueves- es una buena oportunidad para corregir una situación en la que no se sabe hasta qué punto son intangibles los sueldos depositados en los bancos.
"Es riesgoso que los bancos atenten contra ese derecho", agregó.
"Estamos evaluando interponer una demanda contra Asbanc, no por un caso individual sino de forma conjunta, reuniendo a muchas personas. Así, haremos retroceder a los bancos del atropello que cometen contra los trabajadores", expresó el presidente de Aspec, Jaime Delgado.
Sostuvo que el gremio bancario, en su comunicado, se arroga la atribución de disponer de las cuentas en las que se depositan las remuneraciones de los trabajadores, para cobrarse deudas de estos clientes sin ninguna restricción.
"Si un juez está impedido de ordenar el embargo de sueldos que superen las 5 URP (equivalentes a S/. 1,800), ¿cómo así un banco va a tener más atribuciones y coger las remuneraciones, sin ningún límite, para cobrar deudas?", cuestionó.
El comunicado de Asbanc señala que los contratos entre los bancos y sus clientes contienen pactos con los que estos autorizan la compensación (cobro) de sus deudas vencidas, contra los depósitos existentes en sus cuentas.
Pero para Delgado este argumento no es sólido, pues en la práctica, cuando a los trabajadores les depositan su sueldo en una cuenta, no tienen posibilidad de rechazar "ni una coma porque son contratos de adhesión (deben ser aceptados totalmente)".
Solución
Por su parte, César Arbe, del Estudio Avendaño, Forsyth & Arbe, calificó de inteligente la posición asumida por los bancos pues, con el comunicado, diferencian los conceptos de embargo y compensación. Con ello -añadió- dejan en claro que si bien el Código Procesal Civil indica que son inembargables las remuneraciones menores a S/. 1,800, otra cosa es la compensación (cobro de deudas) que pueden hacer los bancos, sin ningún tope en los sueldos, pues así lo estipula la Ley de Bancos.
"Mientras Indecopi habla de embargar, los bancos usan el término compensación. Los bancos dicen que el Indecopi no tiene razón, pero no es que ellos incumplan la ley ya que se rigen por la Ley de Bancos", acotó.
Opinión distinta tiene Sergio Barboza, socio de Pizarro, Botto & Escobar, para quien es claro que las remuneraciones son inembargables si no exceden las 5 URP y los bancos deben ceñirse a ello.
Por su lado, Juan José Marthans, exjefe de la SBS, aseveró que esa entidad supervisora puede solucionar el problema en menos de 24 horas, pues basta que emita una resolución en la que se vincule el derecho de compensación de los bancos con el Código Procesal Civil.
en pocas palabras
Proyecto de ley corregiría problemática
Actualmente hay un vacío normativo que permite una alta discrecionalidad de los bancos y la vulnerabilidad de los trabajadores que reciben sus sueldos en cuentas de depósito, afirmó el presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso, Juan Carlos Eguren.
"Indecopi ha tratado de llenar ese vacío, pero esto ha sido insuficiente", dijo.
En este contexto, consideró que el proyecto de ley de Bancarización -aprobado por la comisión que preside y que se debatiría en el Pleno del Legislativo el jueves- es una buena oportunidad para corregir una situación en la que no se sabe hasta qué punto son intangibles los sueldos depositados en los bancos.
"Es riesgoso que los bancos atenten contra ese derecho", agregó.